NOTA INFORMATIVA : En este apartado
no tan solo figuran las últimas noticias sino las
normativas que consideramos adecuadas de acuerdo a
las necesidades de diversos sectores.
Para más información no duden en
utilizar el formulario de
consultas y nos pondremos en contacto
en la mayor brevedad posible.
Acuerdo de colaboración - EL GREMI DE RECUPERACIÓ DE
CATALUNYA
Fiel a la línea que caracteriza la filosofía de El Gremi de Recuperació,
con la finalidad de dar el mejor soporte a su
colectivo, se formaliza un convenio de colaboración
con CORPORACIÓ AMBIENTAL y poder así diagnosticar a
todas las actividades vinculadas a la gestión de los
residuos y con el interés de dar todo el soporte
necesario para adecuar a las instalaciones mediante
el asesoramiento y desarrollo de proyectos, en caso
necesario, y con propuestas de actuación
personalizadas y especiales para el colectivo.
www.gremirecuperacio.org
Protección de Datos - LOPD
Por primera vez se regula específicamente las
medidas de seguridad a adoptar respecto a los
ficheros en soporte papel. Además, se incrementan
las medidas de seguridad a adoptar dirigidas a la
protección de los datos de carácter personal.
La
aprobación del Reglamento de Protección de Datos
obligará a las empresas a realizar modificaciones a
las políticas utilizadas respecto al tratamiento de
datos personales y en concreto a la incorporación de
políticas específicas dirigidas al tratamiento de
datos en soporte papel, así como la modificación de
las medidas de seguridad ya implantadas.
www.agpd.es
La Ley de suelos contaminados (RD-9/2005)
El 7 de Febrero de 2005 entró en vigor el RD
9/2005, de 14 de Enero, por el que se establece la
relación de actividades potencialmente contaminantes
del suelo y los criterios y estándares para la
declaración de suelos contaminados. El artículo 3 del
RD 9/2005 indica que, entre otros, los titulares de las
actividades potencialmente contaminantes del suelo (APC's)
deberán presentar el informe preliminar de situación
(IPS) para cada uno de los emplazamientos donde se
desarrolla la actividad, con el alcance y contenido
mínimo que se recoge en el anexo II del RD
9/2005.
www.arc-cat.net
Estudio de minimización de residuos especiales
(RD-9952/1997)
La disposición
adicional segunda del Real Decreto 952/1997, de 20 de Mayo,
especifica que todos los productores de residuos peligrosos
deberan elaborar y tramitar a la Comunidad Autonómica
correspondiente un estudio de minimización de residuos
peligrosos.
Para la
correcta elaboración del estudio, las empresas deben
identificar los residuos especiales generados y
cuantificarlos en función del bien o bienes
asociados a cada residuo. Asimismo, deberán proponer
las medidas adecuadas para reducir la cantidad y/o
peligrosidad de los residuos descritos, estimando el
grado de minimización previsto para cada residuo
especial en función de las medidas definidas.
www.arc-cat.net
Licencias Ambientales - Ley 3/98 y derivadas
Todas las actividades existentes deberán de
realizar el trámite y proceso de adecuación
correspondiente de sus instalaciones, de acuerdo a
su clasificación dentro de la Ley y la determinación
de su Administración Local, teniendo en cuenta la
finalización de los plazos según el Decreto 50/2005
para las actividades con mayor incidencia ambiental.
Al margen
de la polémica exención a dichos trámites para
actividades con incidencia relativamente baja, no
deberán olvidar que dichas actividades se encuentran
obligadas igualmente a adecuar sus instalaciones y
maquinaria a las normativas vigentes.
mediambient.gencat.net
Acuerdo de colaboración - GRECSA
Con el interés de ofrecer una respuesta integral a
las necesidades de nuestros clientes, potenciamos
nuestra colaboración con GRECSA, -Gestora de
Residus Especials de Catalunya-, empresa líder en el
sector y con una fuerte sinergia con nuestra
compañía. Se encuentra en disponibilidad de Plantas
y flota de vehículos para la gestión autorizada de
residuos industriales.
www.grecsa.com
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